jueves, 14 de febrero de 2008

Jueves 14 de febrero 2008

Volviendo al tema de la Vacuna del viernes pasado,
conviene recordar que los reglamentos municipales
de vialidad prohíben llevar personas
en los espacios destinados a carga.
En el municipio de Colima, lo señala el Artículo 34,
en Villa de Álvarez el 35, en Tecomán el 39
y en Manzanillo el 68. Entonces,
sabiendo que las leyes se hicieron para cumplirlas,
porque para eso se quebraron el coco los legisladores
después de largas y a veces acaloradas discusiones,
¿por qué los agentes de tránsito NO hacen cumplir
las leyes sin que por eso reciban su merecido castigo?

Porque una cosa es que por costumbre, los conductores
violen ese reglamento llevando gente en las redilas
o en la caja de las pick ups, pero muy distinto es que
los guardianes del orden se hagan guajes y los dejen
andar así, con los daños y peligros que eso implica.

Ante esta desobediencia generalizada, a cada cabildo:
¡Vacúnate!
NO les quedan más que dos caminos a seguir
para corregir la falla.
Uno: Quiten ese artículo del reglamento,
para que NO se viole la Ley.
O dos: Aprueben un artículo nuevo
donde se establezca como sanción que el agente
que permita eso, sea suspendido de su trabajo.

No hay comentarios: